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La Ley de Inclusión ha modificado el contenido del artículo 6° letra d) de la Ley de Subvenciones, implicando la variación de los criterios generales en materia de Cancelación de Matrícula y de Expulsión de alumnos o alumnas. De lo anterior, se debe igualmente distinguir entre los procesos previos al procedimiento de cancelación de matrícula o expulsión y finalmente, los cambios al procedimiento general de determinación de expulsión o cancelación de matrícula. Se introducen nuevos criterios inclusivos, prohibiendo, por ejemplo, la discriminación por motivos académicos, políticos, ideológicos o de cualquier otra índole.
Por lo anterior, sugerimos verificar los nuevos requerimientos y adecuarlos en lo pertinente dentro del Reglamento Interno.