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Las nuevas regulaciones sobre la gratuidad y el paso a gratuidad establecidas en la Ley de Inclusión han agregado procedimientos y cuadraturas de ingresos que es menester conocer previamente para poder implementarlos en los plazos que la misma ley impone o de forma previa, cumpliéndose los requisitos establecidos en el mismo cuerpo legal. De esta forma, se distinguen las normativas y cálculos de ingresos que deben realizar los establecimientos educacionales gratuitos que reciben Subvenciones estatales, de los que deben elaborar los establecimientos con financiamiento compartido.  Asimismo, se agregan los conceptos de Aportes de Gratuidad y la Subvención SEP de Alumno Preferente para los establecimientos educacionales gratuitos y la forma de medición en relación al Monto Máximo Mensual Promedio por Alumno de financiamiento compartido en aquellos establecimientos.